MONTEVIDEO (Uypress) - El artículo 80 del proyecto de ley de Rendición de Cuentas prohíbe la importación de celulares que no cuenten con número que identifique el dispositivo móvil internacional válido, a fin de reforzar las medidas de seguridad impuestas por el Ministerio del Interior.
El proyecto de ley de Rendición de Cuentas y Balance Presupuestal ejercicio 2017, que el Poder Ejecutivo entregó el sábado 30 de junio al Parlamento, dictamina que las operadoras de telecomunicaciones deberán iniciar en un plazo no superior a los 180 días el bloqueo al acceso a la red de los celulares que se presenten con número de identificación de dispositivo móvil internacional inválido, adulterado o repetido.
Las operadoras de telefonía deberán extender el bloqueo a los móviles hurtados en los países vecinos y que, como tales, estén en listados de la base de datos de números de identificación de dispositivo móvil internacional de terminales robados, que es provista por la Asociación GSM.
En tanto, el artículo 96 del proyecto expresa que las operadoras de telecomunicaciones, en
las llamadas efectuadas a la emergencia 9-1-1 desde los servicios de telefonía móvil,
deberán proporcionar al Ministerio del Interior la localización geográfica del dispositivo al momento de la llamada, con la mayor precisión posible: radio base, celda celular, GPS y demás datos que se pueda obtener.