El gobierno argentino reguló el cultivo doméstico y la venta en farmacias de aceites y cremas a base de cannabis, mediante un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial con la firma del presidente, Alberto Fernández.
"Resulta impostergable crear un marco reglamentario que permita un acceso oportuno, seguro e inclusivo y protector de quienes requieren utilizar el cannabis como herramienta terapéutica", afirma el texto.
En el artículo 8, la norma incluye la autorización del cultivo personal y en red para los usuarios, investigadores y pacientes que se registren el Programa nacional de Cannabis (Reprocann), que estará bajo la égida del ministerio de Salud.
Así tanto particulares como organizaciones y universidades podrán cultivar cannabis con fines terapéuticos.
"El Reprocann registrará, con el fin de emitir la correspondiente autorización, a los y las pacientes que acceden a través del cultivo controlado a la planta de cannabis y sus derivados, como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor", agrega la ley.
"Los y las pacientes podrán inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un o una familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada por la Autoridad de Aplicación. Podrá inscribirse en el Reprocann quien cuente con indicación médica y haya suscripto el consentimiento informado correspondiente".
Todavía faltan las resoluciones que establezcan los límites en la cantidad de plantas permitidas en los lugares de cultivo, en tanto la mayor preocupación concierne a la calidad y la proporción de los componentes activos: el componente psicoactivo THC y el CBD (cannabidol).
Hasta ahora, la tenencia de semillas y plantas -incluso en ábito privado y para consumo terapéutico- estaba penado por la ley de drogas con hasta 15 años de prisión.
La nueva normativa también permitirá el uso de la sustancia no solo en epilepsias refractarias, como hasta ahora se podía con numerosas limitaciones, sino a todos los pacientes que obtengan efectos positivos.