MONTEVIDEO (Uypress)- La Comisión Pro Referéndum entregó este jueves a la Corte Electoral 797.261 firmas para habilitar la consulta popular sobre 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC), y una vez ocurrido esto, surgen varias preguntas sobre cómo sigue el proceso y el trabajo del organismo encargado de examinarlas y aprobarlas.
También, surgen, a modo de ejemplo: ¿Qué firmas se pueden descartar? ¿Cuál es el plazo de la Corte Electoral para tomar una decisión? El ministro de la Corte Electoral, José Korzeniak, entrevistado por Montevideo Portal explicó estas y otras interrogantes.
¿Qué firmas se descartan? - Señaló que primero "se enumeran las firmas, luego las que tienen datos completos van a un grupo y las que no van a otro": "Ese grupo, que no tiene los datos completos, se va confrontando con el Registro Cívico. Algunas firmas se desechan porque no corresponde la inscripción cívica, porque la huella digital no corresponde con la inscripción cívica o algún otro detecto de los que requiere la ley para refrendar que la adhesión es válida".
Contralor: 23 mesas trabajarán simultáneamente, con 2 personas, una con filiación favorable al referéndum y otra, en contra - El ministro afirmó que "ese examen se realiza con técnicos o idóneos en dactiloscopía": "La reglamentación de la Corte ha establecido que haya contralor, entonces, habrá 23 mesas trabajando simultáneamente y cada pareja va a tener una persona de una filiación política favorable al referéndum y otra que esté en contra. Si hay desacuerdo en esa pareja va a una especie de triunvirato que se hace con la jefatura del registro dactiloscópico y una persona de distinta filiación de los otros".
150 días hábiles lleva ese proceso - Sostuvo que "ese es el procedimiento reglamentado por la Corte para este tipo de procesos":"Para hacer todo ese trabajo y determinar la procedencia del referéndum la Corte Electoral tiene, según la ley, 150 días hábiles. Seguramente vaya a llevar mucho tiempo, o a lo mejor en algún momento se llega al 25% de los habilitados para votar y ahí se detiene y se declara que va a haber referéndum".
A partir de la validación del 25% del padrón, 120 días para fijar la fecha del referéndum, que será obligatorio - Luego de esa declaración "hay 120 días posteriores para fijar la fecha del referéndum si se entiende que es procedente":"Esa consulta popular es obligatoria y el elector debe votar por sí adherir al referéndum o por no querer que se derogue la ley, entonces hay dos papeletas. Para que se derogue la ley es necesario alcanzar la mitad más uno de los votos emitidos válidos, quiere decir que los votos en blanco cuentan como no y los anulados no cuentan", explicó Korzeniak.
El ministro de la Corte Electoral señaló que se encuentran en un contexto en el cual tendrán varias elecciones, donde tienen que organizar elecciones como las de la Universidad de la República el 29 de setiembre, en noviembre las del Banco de Previsión Social (BPS), la de la Caja de Profesionales, entre otras que se fueron postergando por la pandemia. Korzeniak comentó que en ese contexto "lo más probable es que el referéndum se lleve a cabo el primer trimestre del 2022".
Se necesitan 671.544 firmas válidas - Korzeniak agregó que "la cantidad de habilitados para votar se cierra en el momento en que se entregan las papeletas, el día de ayer, y eran 2.686.174". "El 25% de esa cifra son 671.544 adhesiones, que tiene que alcanzar la propuesta de referéndum. Si se consigue esa cifra de papeletas válidas se está en condiciones de convocar a la consulta popular".