MONTEVIDEO (Gente d'Italia/Roberto Zanni) - No es sólo la Fiscalía de Uruguay la que procesa a Aldo Lamorte por el crimen cometido en vísperas de las elecciones políticas italianas del pasado 25 de septiembre. 

De hecho, el fraude de Lamorte -el voto en la campaña electoral a la Maie realizado con un sobre de otra persona, registrado a través de un vídeo subido a las redes sociales (luego hecho desaparecer, pero ya era demasiado tarde)-, tal y como habíamos anunciado, había llegado a la justicia italiana a través de la denuncia presentada por Gente d'Italia que, gracias a su colega Matteo Forciniti, había descubierto el engaño.

Y siguiendo el trabajo del bufete romano del conocido abogado Romolo Reboa (www.reboa.law) que nos representa, aquí va la primera buena noticia: la Fiscalía de Roma también ha iniciado su propio proceso, con la inicio de las investigaciones sobre lo ocurrido en Montevideo en septiembre pasado. También hay que añadir una consideración: siempre hablamos de la lentitud de la Justicia italiana, pero en este caso no han pasado ni dos meses desde la presentación física de la denuncia y ya se han iniciado las investigaciones. Queremos recordarles, para los distraídos y sobre todo para el señor Lamorte, que el delito en cuestión implica sanciones penales. En efecto, el artículo 18 de la Ley 459/2001, Ley Tremaglia, dice textualmente: "1. Quien cometa cualquiera de los delitos previstos en el texto refundido de las leyes que contienen reglas para la elección de la Cámara de Diputados en territorio extranjero, a que se refiere en el Decreto del Presidente de la República No. 361 del 30 de marzo de 1957, y modificaciones posteriores, es castigado de acuerdo con la ley italiana.

Las sanciones previstas en el artículo 100 del citado texto refundido, en el supuesto de voto por correo, se entienden duplicadas". Seguidamente el artículo 100. "1. El que, con amenazas o actos de violencia, perturbe el buen desarrollo de las reuniones electorales, impida el libre ejercicio del derecho al sufragio o de cualquier forma altere el resultado de la votación, será reprimido con prisión de dos a cinco años y con multa de 309 a 2.065 euros". Y estos fraudes violan la Constitución italiana, que en su artículo 48 establece que el voto es "personal e igualitario, libre y secreto", además de recordar que "la ley establece los requisitos y modalidades para el ejercicio del derecho a el voto de los ciudadanos residentes en el extranjero y asegura su eficacia". He aquí entonces que con el Ministerio Público de Roma y la Fiscalía de Montevideo trabajando, se puede estar seguro de que los fraudes tramados por Lamorte pronto podrán ser juzgados en Italia como en Uruguay con sus asientos (asesor de la CGIE, miembro de los Comités y parlamentario suplente uruguayo) finalmente reocupados por personas honestas.