MONTEVIDEO (Uypress) – A diferencia de lo que se hacía en otros años, el Gobierno resolvió incrementar el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) en línea con el Índice Medio de Salarios y no con el Índice de Precios del Consumo, como se hacía previamente.
La decisión del Poder Ejecutivo de incrementar la BPC de acuerdo a la evolución del Índice Medio de Salarios, tendrá sus efectos sobre las nuevas franjas de IRPF e IASS.
El ajuste de la BPC será de 7,76%, con lo que el mínimo sobre el que se calcula el aporte de IRPF pasará de $ 31.633 a $ 34.090.
Desde la implementación del impuesto, en los dos gobiernos frenteamplistas previos a la administración de Lacalle Pou, la variable aplicada para el incremento era el Índice de Precios al Consumo (IPC).
La decisión del Gobierno va en la dirección de no perder recaudación, y si se hubiese aplicado el criterio anterior, de ajustar por IPC, los salarios, en promedio, pagarían menos IRPF. Esto porque el mínimo no imponible o las franjas hubiera subido más que los salarios.
También se modifica el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS), y el mínimo no imponible pasa de $ 36.152 a $ 38.960, equivalente a 8 BPC. Esto es retroactivo al 1º de enero.
Nuevas franjas de IRPF
El IRPF grava con distintas tasas que se van incrementando a los diferentes tramos de ingresos, y estas tasas se aplican sobre el tramo que supera el límite de cada franja.
Ingreso nominal | Tasa por tramo |
Hasta $ 34.090 | Mínimo no imponible (%) |
De $ 34.091 a $ 48.700 | 10% |
De $ 48.701 a $ 73.050 | 15% |
De $ 73.051 a $ 146.100 | 24% |
De $ 146.101 a $ 243.500 | 25% |
De $ 243.501 a $ 365.250 | 27% |
De $ 365.251 a $ 560.050 | 31% |
Desde $ 560.051 | 36% |